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Mostrando entradas de 2019

El Supremo declara abusivo cobrar comisiones por un descubierto en cuenta sin existir servicio efectivo

La Sala Primera del Tribunal Supremo ha declarado abusivo que una entidad bancaria cobre por un descubierto en una cuenta si no está prestando ningún servicio que justifique la comisión. La sentencia, publicada este martes es la primera del alto tribunal en anular una cláusula de estas características.  El pronunciamiento del Supremo se ha dado por la reclamación de un cliente de Kutxabank contra una cláusula por la que se cobraba alrededor de 30 euros en concepto de “comisión de reclamación de posiciones deudoras” cada vez que la cuenta se quedaba en negativo.  El Supremo concluye que la cláusula no cumplía las condiciones impuestas por el Banco de España para este tipo de gestiones, ya que se planteaba como una reclamación automática que no tomaba en cuenta las circunstancias de la mora. Así, el Supremo dicta jurisprudencia y establece que para que estas cláusulas sean legales deberán cumplir dos requisitos: que retribuyan un servicio real prestado al cliente, y que los g

La servidumbre de medianeria se regula en el Código Civil y subsidiariamente por las Ordenananzas municipales y usos locales.

Aunque el Código Civil habla de servidumbre de medianeria, lo cierto es que tanto la doctrina como la jurisprudencia entienden que no se trata de una servidumbre como tal, sino mas bien de una mancomunidad como recoge el  artículo 579 del Código Civil : » Cada propietario de una pared medianera podrá usar de ella en proporción al derecho que tenga en la mancomunidad; …«. Al margen de esta discusión sobre la naturaleza jurídica de la medianeria, lo cierto es que el Código Civil la regula en los  artículos 571 a 579 , estableciendo en el primero de esos preceptos lo siguiente: «La servidumbre de medianería se regirá por las disposiciones de este título y por las ordenanzas y usos locales en cuanto no se opongan a él, o no esté prevenido en el mismo«. Por lo tanto, debemos conocer qué dicen los demás artículos sobre este asunto, que de otro lado, está muy presente en nuestras vidas, pues imaginemos que la paredes divisiorias de propiedades o los muros de predios colindantes,

¿Cómo saber si tu hipoteca tiene IRPH?

Las reclamaciones por los abusos que ha cometido la banca en España parece que no van a llegar a su fin, debido, principalmente a los obstáculos que las entidades financieras ponen a las reclamaciones y procesos que los consumidores inician para recuperar su dinero. El último asunto que está en cuestión y pendiente de resolución por parte del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) es el conocido como  Indice de Referencia de Préstamos Hipotecarios (IRPH) . Ante la espera por arte de los afectados al pronunciamiento de la justicia europea, quien deberá decidir si este índice es o no abusivo, y por tanto si los usuarios podrán reclamar lo que han pagado de más (se estima que son unos 20.000€ de media), en reclamador.es vamos a contarte cómo puedes averiguar si tu hipoteca tiene IRPH y por qué se dejó de aplicar este índice de referencia. Cómo saber si tenemos la hipoteca con IRPH En principio, debería estar especificado en el contrato, en la cláusula relativa a los

El derecho del arrendatario de recoger su cosecha si el contrato de arrendamiento ha finalizado

El derecho del arrendatario de recoger su cosecha si el contrato de arrendamiento ha finalizado Señala el art. el artículo 27 de la Ley 49/2003, de 26 de noviembre, de Arrendamientos Rústicos que “El arrendatario saliente debe permitir al entrante el uso del local y demás medios necesarios para las labores preparatorias del año siguiente y, recíprocamente, el entrante tiene obligación de permitir al saliente lo necesario para la recolección y aprovechamiento de los frutos, en la forma prevista en el artículo 1578 del Código Civil.”, y el art. 1578 del Código Civil que “El arrendatario saliente debe permitir al entrante el uso del local y demás medios necesarios para las labores preparatorias del año siguiente; y, recíprocamente, el entrante tiene obligación de permitir al colono saliente lo necesario para la recolección y aprovechamiento de los frutos, todo con arreglo a la costumbre del pueblo.”  Por tanto, y en lógica consecuencia y siempre dentro de lo razonable el propietar

Europa abre la puerta a que la banca devuelva hasta 45.000 millones por el IRPH

Europa abre la puerta a una nueva avalancha de devoluciones de la banca a los clientes. El abogado del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), Maciej Szpunar, ha apuntado esta mañana a la posibilidad de que los bancos españoles han comercializado las hipotecas IRPH de forma poco transparente. La postura del letrado no es vinculante, pero tiene peso en la sentencia del tribunal. El TJUE publicará su falle a finales de este año o inicios de 2020, si la sentencia es perjudicial para la banca, el sector financiero se expone a devoluciones a los clientes por hasta 45.000 millones de euros. El letrado de la UE confirma en su escrito de conclusiones que el IRPH es un índice válido y oficial en España, no obstante, aunque no cuestiona esta tasa sí pone en duda la forma de comercialización poco transparente de la banca. El abogado pone sobre la mesa la importancia de la información que se suministró a los clientes, ya que a su juicio, la fórmula de los préstamos referenciados a I

Protección del consumidor en contratos realizados en el ámbito de la Unión Europea

Cada vez es más frecuente que el consumidor realice transacciones comerciales con empresas que tienen su sede fuera de España, lo que con frecuencia da lugar a situaciones que son complejas de resolver debido al desconocimiento existente sobre cómo afrontar este tipo de reclamaciones. No obstante, cuando se trata de transacciones con empresas que tienen su sede en otro país de la Unión Europea, así como Noruega o Islandia, el consumidor dispone de mecanismos para poder gestionar de forma sencilla este tipo de reclamaciones. Puede dirigirse en primer lugar al Centro Europeo del Consumidor en España, con sede en Madrid,  donde además de asesorarle sobre sus derechos, pueden gestionar directamente la reclamación a través de una serie de mecanismos de resolución alternativa de litigios, siempre y cuando se acredite por parte del consumidor que éste haya realizado previamente algún tipo de reclamación por escrito dirigida a la empresa. Desde el Centro Europeo del Consumidor se

Responsabilidad del farmacéutico (que es) titular de Oficina de Farmacia

La responsabilidad del Titular de una Farmacia viene regulada en diversas normativas relacionadas con la actividad farmacéutica. De entre todas ellas, en el presente artículo nos centraremos en dos. Una de ellas es el Real Decreto 1410/1977 por el que se desarrolla lo dispuesto en el artículo 125 de la Ley General de la Seguridad Social sobre faltas y sanciones a los Farmacéuticos titulares de Oficinas de Farmacia en su actuación en la Seguridad Social. Es el artículo 1 de la primera norma citada el que establece que los Titulares de una Farmacia serán responsables de sus actuaciones y de la de sus dependientes. Así, la responsabilidad del farmacéutico titular abarcará también las actuaciones de las personas que trabajen en su oficina en relación a la dispensación de recetas de la Seguridad Social y demás obligaciones que tenga con la misma. La segunda es la Ley 1/2007. Esta indica que no sólo es responsable el titular de la Farmacia sino que la responsabilidad también qued

¿Daños en tu coche producidos en un parking público?

Imagina que acudes al centro de una ciudad y debido a la falta de aparcamiento en la calle decides meter el coche en un parking público. Sí, una situación bastante habitual, por la que a cambio de una cantidad de dinero al minuto, a la hora o al día, el conductor se evita dejar el coche en la calle y desesperar buscando aparcamiento. Pero puede ocurrir que al llegar a recoger el vehículo este tenga algún desperfecto con el que no contaba cuando se dejó allí estacionado. Ante esta situación, el conductor se puede preguntar qué puede hacer si su coche -o moto- sufre daños en un parking público. También a quién debe dirigir la reclamación o quién se hará cargo del coste de la reparación.  ¿Qué ocurre si el vehículo sufre daños en un parking público?  Ante esta situación, los conductores deben saber que existe una ley que lo regula. Se trata de la  Ley 40/2002 , de 14 de noviembre, reguladora del contrato de aparcamiento de vehículos.  De esta ley quedan excluidos tanto los es

¿Quién es el responsable si un animal colisiona contra mi vehículo?

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La Península Ibérica se caracteriza por la diversidad de su flora y su fauna, generando paisajes muy distintos. Todos ellos tienen en común que se verán afectados, de un modo u otro, por los avances tecnológicos, especialmente por las vías comunicaciones, carreteras, railes de tren, etc.  Además, cabe destacar que nuestro territorio nacional es un lugar muy favorable para el hábitat de especies animales salvajes como el jabalí, el ciervo, la liebre, el muflón, la cabra montesa, las distintas variedades de zorros, la perdiz, el faisán, etc. Ahora bien, esta convivencia de la naturaleza con la evolución humana puede generar conflictos producidos a causa del desarrollo de esta última. Precisamente uno de ellos lo encontramos en el trazado de carreteras, las cuales son realizadas a fin de permitir una mejor conexión de comunicación entre las distintas zonas del país. Debemos tener presente que en ocasiones resulta inevitable que dichas vías se construyan a través o cerca de terre