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Mostrando entradas de junio, 2019

Notificaciones entre arrendador y arrendatario: ¿es vinculante un mensaje de Whatsapp?

La  Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU)  permite la libertad de forma en los pactos entre arrendador y arrendatario. Esto significa que es igual de válido un acuerdo de alquiler plasmado en un documento, apalabrado ante testigos o incluso resuelto por un sistema de mensajería instantánea. La LAU recoge numerosas obligaciones de notificación y aviso entre inquilino y propietario, pero no suele especificar forma específica para ejecutar estas notificaciones. Interviene de nuevo la voluntad de partes.  ¿Cómo se debe notificar un aumento del precio del contrato? ¿Es válido un aplazamiento del pago de la renta notificada en un Whatsapp? ¿Existe jurisprudencia al respecto? Sí se puede notificar a través de Whatsapp La libertad de partes permite que las notificaciones puedan realizarse por cualquier vía, por muy informales que sean, siempre que quede constancia de la correcta notificación. Esto incluye sistemas de mensajería instantánea, como Whatsapp. Un caso relevante es e

La posibilidad de quitar vallas, zanjas o cerramientos entre dos fincas rústicas arrendadas

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LAR 1980 En los contratos iniciados antes de mayo de 2004, es posible hacer desaparecer libremente las separaciones existentes entre dos o más fincas que formaran parte de una misma explotación, En estos casos si no había consentimiento del arrendador era necesaria la intervención del IRYDA pero solo para determinar si se había garantizado la reposición del cercado y se habían instalado hitos que dejaran claros los linderos Artículo 50. LAR 1980- El arrendatario puede hacer desaparecer las paredes, vallados, setos vivos o muertos, zanjas u otras formas de cerramientos o cercados del predio arrendado si separan dos o más fincas interesadas en una misma unidad de explotación siempre que, de no contar con el consentimiento del propietario, garanticen suficientemente, a juicio del IRYDA, la reposición del cercado o cerramiento y queden mojones o hitos que hagan indiscutibles los linderos. LAR 2003 En los contratos iniciados entre mayo de 2004 y enero de 2006 , es posible hace

Los empresarios endeudados tendrán segunda oportunidad con la nueva Directiva de Insolvencia

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Los empresarios comunitarios sobreendeudados, que gocen de buena reputación, tendrán acceso a un procedimiento que les pueda llevar a la plena exoneración de deudas en un plazo no superior a tres años , si se atienen a las exigencias establecidas por la Directiva de Insolvencia, que ayer aprobó el Consejo Europeo y que, previamente, había aprobado el Parlamento de la Unión Europea. La Comisión estima que ofrecer una auténtica segunda oportunidad a los empresarios para retomar su actividad crearía tres millones de puestos de trabajo en la UE, teniendo en cuenta que hay 200.000 empresas en concurso de acreedores cada año (o 600 al día), lo que se traduce en la pérdida de 1,7 millones de puestos de trabajo directos. La Directiva se publicará próximamente en el Diario Oficial de la UE. Los Estados miembros tendrán dos años a partir de ese momento para aplicar las nuevas disposiciones. No obstante, en casos debidamente justificados, podrán solicitar a la Comisión un año adicion

Novedades de la Declaración de la Renta de 2019

Si aún no has hecho la declaración de la renta, tienes hasta el 1 de julio para cumplimentarla. Aún queda tiempo, pero, como todos los años, conviene conocer las novedades que la Agencia Tributaria implementa en nuestro país. Si no las tienes en mente, estas son las más destacadas. 1. Nuevo umbral mínimo de salario Hasta 2017, el umbral mínimo de salario a cobrar de dos pagadores distintos para que la declaración de la renta fuese obligatoria era de 12.000 euros. Este año es de 14.000, aunque hay que hacer algunos matices. Este nuevo límite se empezó a aplicar el pasado 5 de julio, con lo que el umbral efectivo para 2018 es de 12.643 euros. Para quienes tengan un único pagador, esta cifra se mantiene en los 22.000 euros anuales. Por otro lado, quienes hayan ganado menos de 16.825 euros tienen derecho a una reducción en su cuota. Dicha disminución desemboca en una cuota de 5.565 euros anuales para quienes ingresan menos de 13.115 euros y una cantidad proporcional para qui