Recurrimos sanciones policiales emitidas durante la cuarentena.



En los últimos días estamos viendo como cientos de personas están siendo sancionadas por saltarse el confinamiento tras decretarse el estado de alarma provocado por el coronavirus;


En unos casos por inconscientes y en otros porque no han podido demostrar, o el agente no les ha creído, que estaban realizando salidas autorizadas; Esto ha supuesto que mucha gente no esté de acuerdo con la sanción que se les han impuesto por saltarse la cuarentena y quieran recurrir la multa. Un derecho que está recogido en el artículo 51 de la Ley Orgánica 4/2015 de 30 de marzo que indica que el procedimiento sancionador será recurrible de conformidad con la Ley 30/1992, de 26 de noviembre".  

¿Te han puesto una multa durante el confinamiento y quieres recurrirla? El Defensor del Pueblo duda sobre la legalidad de estas sanciones.

Este hecho de multarte por saltarte la cuarentena, puede constituir una infracción de desobediencia a la autoridad. La sanción económica por incurrir en esta falta oscila entre los 601 euros y los 10.400 euros, depende de la gravedad de la infracción cometida.

Pero nos surge una pregunta, ¿ dichas multas pueden ser recurribles? 

El mismo Defensor del Pueblo, Francisco Fernández Marugán, ha señalado que su departamento ha solicitado al Ministerio de Interior datos sobre las multas tramitadas, así como las instrucciones que las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado han recibido para poner este tipo de sanciones. Esto se debe a que se considera que se están vulnerando los derechos de los ciudadanos ante las restricciones. 
Concretamente se duda de si la actuación de la policía está siendo “correcta y proporcional”.

Respondemos una serie de preguntas, que consideramos que suelen ser las mas frecuentes, ante la dificil situacion que estamos atravesando por el Covid-19.             

¿Que ocurre si salgo a la calle?

A veces el simple  desconocimiento o la necesidad, hace que los usuarios salgan a las calles durante la vigencia de este estado de alarma.  

¿Pero que puede ocurrir si salgo a la calle? ¿Multan a cualquiera que esté en la calle?
En principio, en esta situacion el mero hecho de salir a la calle, no deberia ser sancionable, porque se parte de la idea de que estamos saliendo a la calle con causa justificada, como puede ser el hecho de desplazarnos al trabajo, puede darse el caso de que somos autonomos y tenemos que ir a trabajar porque se trata de actividades que se consideran esenciales pero no contamos con el certificado emitido por la empresa, puesto que no lo tenemos, o bien puede darse el caso, que tengamos que ocuparnos de un familiar mayor enfermo o simplemente mayor, tenemos que ir a comprarle comida o medicacion y en ese momento en el que nos para la policia no llevamos la documentacion de esa otra persona. 

Ante estas situaciones surge el problema ante el que nos encontramos el cual es, sin embargo, el cómo se garantiza la proporción de las sanciones. ¿Bajo qué criterio se establece la cuantía de la multa en este amplio abanico?

El Ministerio de Interior ha puesto a disposición de las delegaciones del Gobierno una guía orientativa para “homogeneizar” los criterios de las propuestas de sanciones.
¿Cuáles son las sanciones?

635.000 multas por saltarse la cuarentena
En fecha 19 de abril de 2020, las multas impuestas por saltarse el confinamiento ya superaban las 635.000. Multas, que no paran de crecer en número.
El Defensor del pueblo duda de la legalidad de las multas
Sin embargo, igualmente crece la polémica y la duda sobre la legalidad de estas sanciones. El mismo Defensor del Pueblo, Francisco Fernández Marugán, ha señalado que su departamento ha solicitado al Ministerio de Interior datos sobre las multas tramitadas, así como las instrucciones que las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado han recibido para poner este tipo de sanciones. Esto se debe a que se considera que se están vulnerando los derechos de los ciudadanos ante las restricciones. 
Concretamente se duda de su la actuación de la policía está siendo “correcta y proporcional”. 

La Abogacía General del Estado también tiene sus recelos con respecto a las multas
El Defensor del Pueblo no ha sido el único en mostrar su recelo ante las sanciones por salir de casa durante la cuarentena. La Abogacía General del Estado también se ha pronunciado al respecto y ha fijado un criterio para interponer recursos antes estas multas. Lo más destacado de este criterio es el hecho de que el ciudadano ha tenido que ser previamente advertido antes de ser multado. A ellos se han sumado alguna fiscalía, subdelegación del Gobierno, juristas, planteado sus dudas sobre el sistema de sanciones puesto en marcha, ya que el mero hecho de estar en la calle sin motivo ya supone una infracción administrativa. Lo cual suscita, como mínimo, dudas con respecto a su legalidad. 

¿Desobediencia a un agente o al estado de alarma?


La principal duda que generan las propuestas de sanción que están elevando las fuerzas policiales es su encaje legal. Desde el Ministerio del Interior se ha anunciado que las multas se tramitarán a través de la Ley Orgánica de protección de la seguridad ciudadana y que el hecho de salir a la calle sin motivo aparente será castigado como una infracción de desobediencia a la autoridad castigado con 601 euros. El argumento es que la ciudadanía ya conoce la orden concreta de confinamiento general, las excepciones que permiten salir a la calle y, por tanto, cuando deciden desoír este mandato ya están incurriendo en una infracción de desobediencia. 

Sin embargo expertos y juristas  no están de acuerdo con el criterio de Interior. Tanto la Abogacía del Estado como los juristas  consideran que la infracción por desobediencia solo puede ser contemplada cuando el ciudadano o ciudadana desoye una orden concreta, directa y personal del agente policial. Sin desobedecer esa orden individual, no puede haber infracción. El propio Ministerio del Interior, en 2018, coincidía con este criterio sancionador. Sin embargo, con el estado de alarma vigente, la interpretación del ministerio que dirige Grande-Marlaska ha cambiado.

"La interpretación que está haciendo Interior de su capacidad sancionadora no se ajusta a lo que el propio ministerio decía en 2018. El argumento de Interior no se sostiene. En mi opinión, para poder sancionar a un ciudadano por desobediencia, este tiene que desobedecer las instrucciones concretas e individuales de un agente"

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