Notificaciones entre arrendador y arrendatario: ¿es vinculante un mensaje de Whatsapp?
La Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) permite la libertad de forma en los pactos entre arrendador y arrendatario. Esto significa que es igual de válido un acuerdo de alquiler plasmado en un documento, apalabrado ante testigos o incluso resuelto por un sistema de mensajería instantánea. La LAU recoge numerosas obligaciones de notificación y aviso entre inquilino y propietario, pero no suele especificar forma específica para ejecutar estas notificaciones. Interviene de nuevo la voluntad de partes. ¿Cómo se debe notificar un aumento del precio del contrato? ¿Es válido un aplazamiento del pago de la renta notificada en un Whatsapp? ¿Existe jurisprudencia al respecto? Sí se puede notificar a través de Whatsapp La libertad de partes permite que las notificaciones puedan realizarse por cualquier vía, por muy informales que sean, siempre que quede constancia de la correcta notificación. Esto incluye sistemas de mensajería instantánea, como Whatsapp. Un caso ...